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Ordo Iuris·Derecho público · Gobernanza digital·Análisis normativo institucional·2026-08-12

IA generativa en el Poder Judicial costarricense: deber de control humano, trazabilidad y responsabilidad

Análisis jurídico de la Circular 31-2026, sus deberes funcionales y el marco legislativo nacional todavía fragmentario.

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Resumen ejecutivo

Costa Rica cuenta con una pieza normativa institucional relevante para el uso de IA generativa en la función judicial: la Circular 31-2026 de la Corte Suprema de Justicia, emitida a partir del acuerdo del Consejo Superior de 12 de febrero de 2026. La circular fija lineamientos para uso ético, responsable y seguro de herramientas generativas por personas servidoras judiciales.

Su importancia radica menos en regular la tecnología como producto y más en fijar principios de conducta pública: protección de derechos fundamentales, seguridad de datos, transparencia y conservación de responsabilidad humana.

1. Naturaleza jurídica de la Circular 31-2026

La Circular no es una ley general sobre IA ni crea por sí sola un régimen nacional de responsabilidad algorítmica. Es un instrumento interno dirigido a despachos, Ministerio Público, Defensa Pública, OIJ, oficinas administrativas y demás personas servidoras.

Su relevancia deriva de la conexión con deberes preexistentes: legalidad, confidencialidad, protección de datos, motivación, imparcialidad, debido proceso y responsabilidad funcional.

2. Responsabilidad humana

Una herramienta generativa puede asistir, pero no sustituir la atribución jurídica de la decisión. La persona funcionaria conserva la obligación de verificar exactitud, pertinencia, licitud y suficiencia de toda información producida con apoyo de IA.

Una cita inexistente, interpretación desactualizada o inferencia fáctica no sustentada no se transforma en acto válido por provenir de una herramienta autorizada. La responsabilidad continúa anclada en quien utiliza el resultado.

3. Datos, confidencialidad y trazabilidad

El uso de modelos generativos presenta riesgo cuando los prompts contienen datos personales, información sensible, investigaciones, expedientes en curso o información reservada. El estándar prudente exige minimización de datos y uso de canales autorizados.

La trazabilidad es la capacidad de reconstruir el uso material de IA cuando resulte relevante: qué función cumplió, qué verificaciones humanas se realizaron y cuáles fuentes jurídicas independientes sostienen el resultado final. La motivación debe descansar en hechos acreditados, normas vigentes, jurisprudencia y razonamiento revisable.

4. Marco legislativo nacional

En 2026 continúan diversos expedientes legislativos relacionados con IA, entre ellos 23.771, 23.919, 24.484, 24.875 y 25.171. Hecho confirmado: Costa Rica no dispone todavía de una única ley marco de IA plenamente consolidada que sustituya el análisis sectorial. La regulación práctica descansa en normas generales, reglas institucionales y proyectos en evolución.

5. Hechos, inferencias e hipótesis

Hechos confirmados: el Poder Judicial ha adoptado lineamientos formales para IA generativa con énfasis en derechos, transparencia, datos y responsabilidad humana. Inferencia jurídica: el estándar de diligencia puede aumentar cuando una persona servidora decide usar IA, porque los riesgos conocidos de errores y desactualización imponen verificación reforzada.

Hipótesis a seguir: futuras controversias disciplinarias o jurisdiccionales podrían precisar cuándo la ausencia de verificación, documentación o control constituye negligencia funcional o lesión del debido proceso.

6. Conclusión

La IA no es una fuente jurídica. Puede servir como instrumento de búsqueda, síntesis o apoyo analítico; las fuentes siguen siendo la Constitución, ley, reglamentos, jurisprudencia, tratados y principios reconocidos.

La Circular 31-2026 desplaza correctamente la discusión desde “usar o no usar IA” hacia “bajo qué deberes jurídicos puede usarse”: asistencia tecnológica bajo control humano, trazabilidad y verificación independiente.

Referencias seleccionadas

  1. 01
    Corte Suprema de Justicia de Costa Rica. Circular 31-2026, Reglas y lineamientos éticos para el uso de Inteligencia Artificial Generativa por parte de las personas servidoras judiciales. 20 febrero 2026. Sistema Costarricense de Información Jurídica.Fuente
  2. 02
    Asamblea Legislativa de Costa Rica. Expedientes 23.771, 23.919, 24.484, 24.875 y 25.171. Consulta oficial 2026.Fuente
  3. 03
    Constitución Política de la República de Costa Rica y normativa general aplicable sobre legalidad, debido proceso, privacidad y función pública.Fuente
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